La medida apunta a reducir la carga administrativa para los contribuyentes tras la derogación de la Ley de Alquileres.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha eliminado la obligatoriedad de registrar los contratos de alquiler de inmuebles, tanto urbanos como rurales, destinados a vivienda. Esta decisión, implementada a través de la Resolución General 5545/2024, forma parte de una serie de medidas orientadas a simplificar los trámites administrativos y burocráticos para los contribuyentes.
La normativa elimina la necesidad de que los locadores y locatarios informen sobre sus operaciones en el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)”. Esta disposición se enmarca en la reciente derogación de la Ley de Alquileres, y según los considerandos de la resolución, busca construir un Estado más eficiente, eficaz y orientado al ciudadano.
Sin embargo, quienes deseen acceder a beneficios fiscales en regímenes como el de Pequeños Contribuyentes o en impuestos específicos, deberán seguir registrando sus contratos en el servicio “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI” antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato, según corresponda.
Estas decisiones se suman a la derogación de otras obligaciones administrativas, como el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y algunas regulaciones en el ámbito de las importaciones y la actividad agropecuaria, con el objetivo de facilitar y agilizar las operaciones comerciales y financieras en el país.