El Ministerio de Desarrollo Productivo aprobó el reglamento de acceso al beneficio establecido en el programa Crédito a Tasa Cero 2021, a fin de determinar los requisitos a los que deberán dar cumplimiento los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y las condiciones de financiamiento bajo las cuales se otorgará el financiamiento.
Lo hizo a través de la resolución 503/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial, que instruyó a BICE Fideicomisos en su carácter de fiduciario del Fondo de Garantías Argentino (Fogar), a remitir a la Administración Federal de Ingresos Públicos el detalle de las beneficiarias y los beneficiarios del Crédito a Tasa Cero.
Por su parte, la AFIP implementará el mecanismo a través del cual las y los sujetos interesados podrán solicitar el beneficio, así como su forma, plazos y la metodología de comunicación de la condición de elegibilidad.
En tanto que el Banco Central determinará las entidades financieras que reúnan las condiciones necesarias para participar en la operatoria, y solicitará a las mismas que otorguen créditos a los sujetos que resulten elegibles del procedimiento implementado por la AFIP.