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Regionales

HABILITAN EN LP JINETEADAS Y ENCUENTROS TRADICIONALISTAS CON PÚBLICO

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El Gobierno de La Pampa dispuso nuevas habilitaciones desde este viernes. Domas, carreras de caballos y eventos similares serán con presencia limitada de público. Lo mismo para las competencias deportivas en lugares cerrados. Bares y restaurantes tendrán hasta 10 clientes por mesa, y las actividades y reuniones al aire libre podrán ser de hasta 100 personas.

La Pampa sigue flexibilizando las restricciones impuestas por la pandemia de coronavirus. El nuevo decreto tendrá vigencia desde este viernes, según anunció el Gobierno provincial.

De esta manera, se autorizó la asistencia de público a todo tipo de competencias deportivas federadas y no federadas que se desarrollen en espacios cerrados. El número de asistentes no podrá superar en ningún caso el 70% de la capacidad habilitada (que será determinada por la Subsecretaría de Deportes) y tendrá un tope de 100 personas.

En el caso del fútbol, se incrementó la cantidad de espectadores permitida a un máximo de 500 personas.

Además, se permitirá desde mañana que las actividades y reuniones sociales al aire libre tengan un máximo de 100 personas presentes. En lo que respecta a la actividad gastronómica, se amplía a 10 la cantidad máxima de personas por mesa.

También se autorizaron los eventos tradicionalistas y las reuniones hípicas. En ambos casos, deberán realizarse con protocolos aprobados y la habilitación correrá por cuenta de las autoridades locales.

En los eventos tradicionalistas la capacidad máxima será del 70% del aforo permitido y cada municipio o comisión de fomento determinará el límite máximo de asistentes que nunca podrá superar las 500 personas.

“Los resultados que surgen de la continua evolución de la pandemia en territorio pampeano, determinaron que el Gobierno provincial implemente mayores habilitaciones, tanto en actividades recreativas, deportivas como sociales”, detallaron desde Casa de Gobierno en un comunicado oficial.

El decreto –que será publicado en las próximas horas en el Boletín Oficial- tendrá vigencia hasta el 2 de septiembre inclusive. En función de la situación epidemiológica, estas medidas podrán “modificarse, limitarse, ser dejadas sin efecto o reanudarse en forma total o parcial” por el Gobierno provincial.

A su vez, establece que serán las autoridades municipales las que -en coordinación con las autoridades provinciales- dispongan los procedimientos de fiscalización necesarios.

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