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Regionales

LAS BECAS EN EL ESTADO NO GENERAN BENEFICIOS PREVISIONALES

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El Superior Tribunal de Justicia, por unanimidad, rechazó un recurso de queja interpuesto por la Provincia de Rio Negro contra una sentencia que obliga a efectuar los aportes previsionales de una trabajadora que se desempeñó por con 8 años bajo la modalidad de beca.
Los jueces Apcarian, Mansilla, Barotto, Zaratiegui y Piccinini, rechazaron un recurso provincial contra la sentencia de la Cámara II del Trabajo de General Roca que fue dictada en la causa Lanchi Alejandra Noemi y Martínez Magdalena del Carmen c/ provincia de Rio Negro s/ contencioso administrativo (l).
Por la misma, y con voto unánime del Juez Edgardo Albrieu y las Juezas Gabriela Gadano y Carmen Vicente, se condenó al Ministerio de Desarrollo Social a efectuar los aportes previsionales por todos los años que las trabajadoras prestaron sus tareas bajo el sistema de becas desde el año 1998 hasta el 2005.
“Celebramos enormemente este pronunciamiento ya que se trata de un juicio que iniciamos hace años con la convicción de probar que el sistema de becas no es más que una forma de contratación en negro para cubrir puestos propios de empleo público, y lo logramos. Sin dudas, se abre la posibilidad de que quienes hayan trabajado bajo becas puedan tener los aportes jubilatorios de esos años, lo que a su vez también repercutirá en el ítem de antigüedad y recategorización”, señaló Ailén Roca, representante legal del gremio ATE.
La becas fueron creadas mediante el Decreto N° 1063 del 16/10/1997, y la Provincia de Río Negro bajo esta modalidad contrató personas durante años en forma sostenida, para realizar tareas propias de empleo público, pero sin abonar el salario y efectuar los aportes jubilatorios, de obra social y ART que por dichas tareas correspondía, amparado en que se trataba de “becas”.
El sindicato encabezado por Rodrigo Vicente destacó el fallo del STJ porque por primera vez se pone bajo la lupa del análisis judicial la contratación de personas bajo esta modalidad, que ha sido una práctica habitual del Estado durante años, y que los jueces intervinientes resolvieron que se trata de “una contratación fraudulenta bajo el maquillaje de becas”, haciendo hincapié a su vez en que son imprescriptibles los beneficios de la Seguridad Social, por lo que puede reclamarse al Estado la efectivización de aportes en cualquier oportunidad.

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