El Ministerio de Salud de la provincia dispuso extender entre el lunes 7 y el viernes 11 de junio, inclusive, las medidas preventivas. Durante el sábado 5 y domingo 6 regirán las restricciones establecidas en el DNU nacional. Medidas dispuestas por Provincia que regirán entre el 7 y 11 de junio:
Restricción de circulación entre las 20:00 horas y las 06:00 horas. Quedan exceptuados: a) Las personas incluidas en el Artículo 20º del Decreto Nacional Nº 78/21 b) Los trabajadores de farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles. c) Las personas que estén asistiendo o regresando a sus hogares procedentes de locales gastronómicos, con comprobante de reserva o consumición, siempre que se encuentren dentro del lapso temporal estipulado.
Quedan suspendidas estas actividades a) Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados. b) Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de cinco personas. c) La realización de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, tanto en lugares cerrados como al aire libre. d) La actividad de clubes deportivos y cualquier otra actividad deportiva de carácter grupal o que implique aglomeración de personas, tanto en espacios cerrados como al aire libre. e) Las actividades de casinos, bingos y discotecas. f) La realización actos públicos, protocolares, aniversarios y fiestas populares que puedan implicar afluencia de público. g) La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, en espacios públicos o privados, sean éstos cerrados o al aire libre. Queda autorizada la realización de las competencias oficiales “Torneo Federal A” de fútbol y “Liga Argentina de Básquet”, de acuerdo a los protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales, sin asistencia de público. h) La actividad de cines, teatros, museos, bibliotecas, centros culturales y establecimientos afines.
Habilitaciones especiales: a) Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 23:00 horas, con un máximo del 30 % del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar. En todos los casos deberá priorizarse la utilización de espacios al aire libre, instando en este sentido a las autoridades municipales a facilitar la utilización de espacios públicos al aire libre. b) Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado, de acuerdo a los protocolos vigentes. c) Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas. d) Los jardines maternales, sin dependencia del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, podrán funcionar en sus horarios habituales. e) Los gimnasios y estudios de disciplinas deportivas podrán funcionar respetando el horario de circulación permitido, con un máximo del 30 % del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.
Dictado de clases Continuarán las clases y actividades presenciales, exclusivamente en los niveles inicial, primario y educación especial, en las ciudades y localidades detalladas a continuación, en las que seguirá suspendida la presencialidad en los niveles secundario y superior. Esta decisión se adopta luego de haber realizado una evaluación conjunta de la situación epidemiológica imperante con el Ministerio de Educación y Derechos Humanos, y considerando especialmente la posibilidad del retorno de la presencialidad en aquellas localidades que registran una tendencia decreciente en la curva de contagios de COVID-19. Localidades con clases presenciales: San Carlos de Bariloche, Dina Huapi, Pilcaniyeu, Cerro Alto, Pichi Leufu Arriba, Pichi Leufu Abajo, Maquinchao, Los Menucos, Sierra Colorada, Ministro Ramos Mexía, Guardia Mitre, General Conesa, El Cuy, Ñorquinco, Aguada de Guerra, Aguada Guzmán, Cerro Policía, Comicó, El Caín, Mencué, Naupa Huen, Ojos de Agua, Pilquiniyeu, Pilquiniyeu del Limay, Prahuaniyeu, Río Chico – Río Chico Abajo, Villa Llanquín, Villa Mascardi, Yaminue, Paso Flores, Corralito. En el resto de la provincia sigue suspendido el dictado de clases presenciales y de las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y modalidades. Medidas dispuestas por Nación que regirán el 5 y 6 de junio:
La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 y hasta las 6 del día siguiente.
Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.
Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.
Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.
No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
La gastronomía funcionará por delivery o take-away (retiro en el lugar).
Se establecieron excepciones para circular en transporte público y sin uso de transporte público. En ambos casos se deberá presentar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 (dentro del territorio, también funcionará el permiso CirculaciónRN). El desplazamiento deberá limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada. Las excepciones pueden verse en este artículo: https://www.rionegro.gov.ar/?contID=68762
Siguen suspendidos los viajes grupales, de estudio y turísticos; y todas las reuniones sociales, sin importar la cantidad de personas.